Fin de año, ola de calor, inflación: los trabajadores esperan con ansias la llegada del aguinaldo. Pagar deudas, darse gustos u ordenar las finanzas personales o familiares; todos aguardan el pago de Sueldo Anual Complementario (SAC).
El plus salarial está dirigido a trabajadores registrados del sector privado, público, jubilados y pensionados. Corresponde el 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres.
La primera mitad del SAC, abonado en junio, tuvo en cuenta los sueldos percibidos desde enero hasta ese mes. El aguinaldo de diciembre se calcula con base en los sueldos de julio al último mes del año.
Según lo establece la Ley 27.073 la primera cuota del aguinaldo se paga en la última jornada laboral del mes de junio. Mientras, la segunda cuota se paga en la última jornada laboral de diciembre.
Más precisamente, las fechas de pago de cada cuota del medio aguinaldo son las siguientes: hasta el 30 de junio y hasta el 18 de diciembre.
Como el 18 de diciembre cae domingo, puede llegar a depositarse el lunes 19. No obstante, cabe señalar que la legislación admite una tolerancia de hasta cuatro días hábiles de demora en el pago. Es decir, los empleadores pueden abonarlo hasta el 23 de diciembre.
Cómo se calcula
Cada medio aguinaldo corresponde a la mitad de la mayor remuneración mensual percibida por el empleado dentro de cada uno de los semestres.
Ejemplo: si el salario fue de $120.000 en julio, $124.000 en agosto, $130.000 en septiembre, $138.000 en octubre, $145.000 en noviembre y $160.000 en diciembre, se toma el valor mas alto, y se divide por la mitad.
Con lo cual el salario mas alto sería de $160.000 en diciembre, y el aguinaldo en este ejemplo: 80.000 pesos.